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Soy periodista especializada en comunicación política, liderazgo, estrategia y dirección de gestión pública. Desde hace 4 años he impartido docenas de cursos de crecimiento, motivación y marketing personal, así como, oratoria y técnicas de expresión. También he realizado diversas investigaciones en comunicación, liderazgo y redes sociales que he puesto en práctica en mi trabajo y lo comparto en mi programa de radio "Motivate" que se transmite por Fiesta Fm. Anteriormente, fui reportera de noticias en radio y televisión.

lunes, 9 de septiembre de 2013

LEY ORGANICA DE ESTABILIDAD Y SOSTENIBILIDAD FINANCIERA

La crisis económica ha desatado un sin fin de alarmas para activar mecanismos de control financiero y  presupuesto público. Por ello, en el año 2012 España promulgó una Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, convirtiéndose en un país pionero en ajustar sus normas a las de disciplina presupuestaria de la Unión Europea.

Esta Ley se convierte en la rectora de la actuación económico-financiera de todas las Administraciones Públicas, tanto del Estado como de las Comunidades Autónomas, Corporaciones Locales y Seguridad Social.

La normativa viene a crearse en respuesta a lo establecido en la reforma del artículo 135 de la Carta magna. 

Artículo 135 Constitución Española 
1. Todas las Administraciones Públicas adecuarán sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestaria.
2. El Estado y las Comunidades Autónomas no podrán incurrir en un déficit estructural que supere los márgenes establecidos, en su caso, por la Unión Europea para sus Estados Miembros.
Una ley orgánica fijará el déficit estructural máximo permitido al Estado y a las Comunidades Autónomas, en relación con su producto interior bruto. Las Entidades Locales deberán presentar equilibrio presupuestario.
3. El Estado y las Comunidades Autónomas habrán de estar autorizados por ley para emitir deuda pública o contraer crédito.
Los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las Administraciones se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su pago gozará de prioridad absoluta. Estos créditos no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la ley de emisión.
El volumen de deuda pública del conjunto de las Administraciones Públicas en relación con el producto interior bruto del Estado no podrá superar el valor de referencia establecido en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
4. Los límites de déficit estructural y de volumen de deuda pública sólo podrán superarse en caso de catástrofes naturales, recesión económica o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estado y perjudiquen considerablemente la situación financiera o la sostenibilidad económica o social del Estado, apreciadas por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados.
5. Una ley orgánica desarrollará los principios a que se refiere este artículo, así como la participación, en los procedimientos respectivos, de los órganos de coordinación institucional entre las Administraciones Públicas en materia de política fiscal y financiera. En todo caso, regulará:
a) La distribución de los límites de déficit y de deuda entre las distintas Administraciones Públicas, los supuestos excepcionales de superación de los mismos y la forma y plazo de corrección de las desviaciones que sobre uno y otro pudieran producirse.
b) La metodología y el procedimiento para el cálculo del déficit estructural.
c) La responsabilidad de cada Administración Pública en caso de incumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
6. Las Comunidades Autónomas, de acuerdo con sus respectivos Estatutos y dentro de los límites a que se refiere este artículo, adoptarán las disposiciones que procedan para la aplicación efectiva del principio de estabilidad en sus normas y decisiones presupuestarias.

Los  objetivos primordiales de esta normativa son:
  • Garantizar la sostenibilidad financiera de todas las Administraciones Públicas;
  • Fortalecer la confianza en la estabilidad de la economía española;
  • Reforzar el compromiso de España con la Unión Europea en materia de estabilidad presupuestaria.

    La ley se encargara de: 
Establecer los principios rectores, que vinculan a todos los poderes públicos, a los que deberá adecuarse la política presupuestaria del sector público; fijar los procedimientos necesarios para la aplicación efectiva de los principios, determinar los límites de déficit y deuda, los supuestos excepcionales en que pueden superarse y los mecanismos de corrección de las desviaciones; y los instrumentos para hacer efectiva la responsabilidad de cada Administración Pública en caso de incumplimiento.

En el texto se fijan 3 nuevos principios:

  1. ·   Estabilidad presupuestaria que se define como la situación de equilibrio o superávit, la cual se da cuando no se incurre en déficit estructural (o equilibrio financiero en las empresas públicas).
  2.     Responsabilidad, las administraciones públicas que incumplan, asumirán en la parte que le sea imputable las responsabilidades.
  3.      Lealtad institucional
  4. E Eficiencia en la gestión y en la utilización de los recursos públicos 
  5.     Plurianualidad, permite la elaboración de un marco presupuestario a medio plazo (3 años) en el que se enmarcará la elaboración del presupuesto y del programa de estabilidad, y que garantizará una programación presupuestaria coherente con los objetivos de estabilidad y de deuda pública. según el cual, la elaboración de los Presupuestos se encuadrará en un marco presupuestario a medio plazo, compatible con el principio de anualidad por el que se rigen su aprobación y ejecución.
  6. 5. Transparencia, La transparencia se configura como principio esencial para la obtención de información con regularidad suficiente que permita el seguimiento de las cuentas y del cumplimiento de los objetivos de todos los subsectores. La aplicación práctica de este principio se concreta en la publicación de todos los informes y planes a que hace referencia la Ley. En concreto, se elaborará y publicará información trimestral de CC.AA. en términos de contabilidad nacional (actualmente solo presupuestaria) que permitirá un seguimiento comparable de la ejecución presupuestaria, e información mensual en términos presupuestarios. La información de las Entidades Locales pasará a ser trimestral a partir de esta Ley. Asimismo, con carácter previo a su aprobación, cada Administración Pública deberá dar información sobre las líneas fundamentales de su Presupuesto, antes de 1 de octubre, y con el contenido que se requiera con objeto de dar cumplimiento al Tratado fiscal de la UE que exige presentar esta información antes del 15 de octubre. Todas las AAPP deben aportar la información que se les requiera, además vendrán sujetas al régimen de responsabilidades de la nueva ley de transparencia.

      Aspectos novedosos de control que me parece oportuno destacar:
  •  Se incorpora la Regla de gasto establecida en la Unión Europea,  que estable que el gasto de la Administración pública no podrá estar por encima de la tasa de crecimiento de PIB.
  • Se fija un límite de deuda las Administraciones públicas, que no puede superar el 60%, distribuido de la siguiente manera  44% para la administración central, las Comunidades Autónomas el 13%,  y 3% las corporaciones locales. E
  • El Estado o las Comunidades Autónomas  tendrán que estar autorizadas por la ley para emitir deuda pública.
  • Se establece que cuando se perciban mayores ingresos de lo previsto, se destinarán a reducir el nivel de deuda pública y no a financiar nuevos gastos.
  • Se da prioridad absoluta a el pago de deuda  y pago de intereses.
  • Se establecen medidas preventivas,  mecanismos correctivos y sancionadores.

Como causas de la activación de estas medidas se citan: el riesgo de desviación del objetivo, el incumplimiento del objetivo, la falta de aprobación del plan económico financiero.







Vemos como esta ley, que tiene un amplio regímenes de sanciones  viene a realizar la fiscalización del sistema financiero público, que debe encaminarse hacia la transparencia, porque ha incurrido en grandes fallas,  tiene unos niveles de endeudamiento exorbitantes y  debe buscar la confiabilidad de los mercados para estabilizar la economía. La norma legal en concordancia con una clara gestión tiene la tarea de garantizar la correcta utilización de los recursos públicos en esta época de crisis. En mi opinión,  esta ley es una magnifica iniciativa, pero se ha hecho de forma tardía. Además la normativa en solitario no puede dar respuesta a esta situación, debe haber voluntad de cambio. También  la creación de la autoridad independiente de responsabilidad fiscal  (que ya analizamos en el foro) y la ley de transparencia (que aún no se promulga)  son mecanismos que sin duda alguna vienen a complementar los mecanismos reguladores del sistema financiero. La búsqueda del equilibrio financiero y presupuestario aun es una tarea pendiente en España.

domingo, 8 de septiembre de 2013

EL MODELO EVAM


El concepto de "calidad" nace en el siglo XIX ligado a la industria privada, en principio vinculado al producto industrial y las normas con que este se fabricaba. Más adelante el significado se fue ampliando por las exigencias del mercado, en la década del 70 se impone la demanda de los clientes, se agrega la valoración sobre las necesidades y percepciones de los consumidores. En los 80 se abre una ventana hacia el concepto "calidad total", se incorpora todo el conjunto organizativo tomando en cuenta la actuación de los líderes y los procesos en las empresas. El conjunto se convierte en un  modelo de gestión de una organización. Debido a su éxito, el sector público comienza a implementar estos procesos pero cambia al  “cliente” por el  “usuario” del servicio. De esta manera la nueva administración pública (AP) abre la puerta a la innovación.

Desde que se instauró el concepto de calidad en la AP, se ha hecho necesario verificar la eficiencia y transparencia con la que operan las organizaciones.  El proceso de evaluación viene a complementar ese requerimiento y se ha convertido en uno de los procesos claves de la gobernanza. Ofrece resultados, lo que se traduce en información para encaminar a las instituciones hacia la excelencia.

En España el sector público se rige por  el Modelo de Evaluación, aprendizaje y mejora  (EVAM) diseñado por La Agencia estatal de evaluación de las políticas públicas y la calidad de los servicios (AEVAL),  desde el año 2005. Este permite hacer un diagnóstico de las organizaciones con una metodología propia. El modelo plantea una mejora gradual a través de la aplicación de criterios de calidad.

La lógica subyacente en este Modelo de evaluación es la del ciclo PDCA (Planificar, Desarrollar, Controlar, Actuar) desarrollándose la estructura del Modelo como sigue: (AEVAL, 2009)

  • Definición de la política y estrategia de la organización, basada en políticas públicas e  identificación de los directivos/responsables.
  • Desarrollo de la política y estrategia a través de planes y proyectos que expliciten los objetivos organizativos y su comunicación.
  • Revisión y actualización de la política y estrategia a través del liderazgo. Identificación, gestión y mejora de los procesos conforme a la política y estrategia.
  • Diseño y desarrollo de los servicios basándose en las necesidades y expectativas de los clientes/ciudadanos/usuarios de los servicios.
  • ƒGestión de Recursos adecuada a la política y estrategia organizativa: Recursos humanos, recursos materiales y alianzas.
  • Determinación de mecanismos de seguimiento del grado de cumplimiento de la política y estrategia organizativa.
  • Planificación y desarrollo de las mejoras en función de los resultados para garantizar la consecución de la política y estrategia organizativa.


El sistema se fundamenta en 5 ejes de actuación, cada uno con la misma importancia:
  1. 1  La Política, planificación y estrategia a través del liderazgo. Los líderes son los encargados de planificar, identificar los objetivos y estrategias para cumplir con la misión y la visión de la organización y establecer los mecanismos de revisión para adaptarse a los cambios
  2.      Los Procesos. Elementos críticos y análisis de cómo mejorar los procesos.
  3.      Las Personas. Papel de los actores. Potenciar los recursos humanos a través de la planificación, gestión y mejora.
  4.      Las Alianzas y recursos. Potenciar relaciones externas e internas.
  5. 5   Los Resultados. Se mide de manera periódica los indicadores de satisfacción de los ciudadanos.

                      POR UN EJE QUE LOS UNE  COMUNICACIÓN.




Además el modelo tiene 16 subdivisiones y 34 cuestionamientos.

Para este modelo se utiliza el sistema lógico EVAMED. A través de  un sistema de valoraciones se transforma el análisis cualitativo en cuantitativo, para obtener una puntuación que determinará el nivel de madurez de la organización.
Por su fácil aplicación permite que se convierta en un proceso de autoevaluación, que puede llevarse a cabo por los empleados de la organización previo entrenamiento de la AEVAL. Se constituye un grupo evaluador  y se elige un coordinador.
Se realiza así:

EVALUACIÓN – RECOMENDACIONES  - ELABORACIÓN DEL INFORME FINAL – FASE DE MEJORA

CONCLUSIONES
Vemos como el modelo está fundamentado en los criterios inspiradores de la calidad: Responsabilidad social, orientación hacia los resultados, orientación al ciudadano, desarrollo de alianzas, liderazgo y coherencia, gestión por procesos y hechos, desarrollo e implicación de las personas, proceso continuo de aprendizaje e innovación.

La valoración que aporta este modelo a la participación de la ciudadanía es lo más importante ya que su sola aplicación no da legitimidad a los gobiernos u organizaciones, solamente si se mide en términos de bienestar social es que se puede hablar de excelencia.De igual forma la comunicación se presenta como un factor imprescindible para la aplicación de este modelo.

Entre otras ventajas que aporta la implementación del sistema EVAM podemos mencionar que está diseñado específicamente para el sector público español.  Su aplicación es sencilla. Los costes de aplicación son muy bajos al ser implementada por el Estado. Puede ser desarrollado en toda la institución o solo en partes de esta. Potencia el liderazgo en la organización. 


Biografía 
AEVAL, 2009. Guía Modelo de Evaluación EVAM, Madrid: Ministerio de la Presidencia .

miércoles, 4 de septiembre de 2013

PAGINA WEB DEL AYUNTAMIENTO DE ALICANTE



Según la Ley 11/ 2007 en España es un deber que los gobierno locales posean una sede electrónica para atender a sus ciudadanos. Por lo tanto, el acceso web es un derecho que adquiere la sociedad de cara a tener una administración pública más eficiente.
El Ayuntamiento de la ciudad de Alicante, ubicado en la Comunidad Valenciana, atendiendo al mandato de la ley creo el portal web www.alicante.es  a través de un plan de comunicación estratégico denominado “Plan Director de Administración Electrónica”
La página web del Ayuntamiento de Alicante se creó en el año 2008,  y como se menciona en el artículo “El proyecto Municip@”, esta web esta considerada como una  de las mejores experiencias que se resaltan en España. (Pastor Albaladejo & García Solana, 2010)

En la Ordenanza Municipal que rige al gobierno electrónico de la entidad se expone “El Ayuntamiento de Alicante, consciente del liderazgo que le corresponde ejercer en el establecimiento de unos servicios públicos más modernos, en el desarrollo de la administración electrónica y en la mejora continuada de los servicios al ciudadano, se encuentra en pleno proceso de transformación y para ello, ha puesto en marcha un conjunto de programas y medidas de actuación, integrado en una única estrategia, con el fin de alcanzar la optimización de sus procesos internos y de la infraestructura tecnológica para mejorar el servicio al ciudadano, abordando los nuevos retos y oportunidades que han propiciado las tecnologías de la información y de la comunicación, de una manera programática, pero sin demora, para la implantación de una verdadera administración electrónica, que ha de ser sobre todo, accesible, sencilla, útil, cómoda, ágil, confidencial y adaptada a los nuevos cambios (Ayuntamiento Alicante, 2010)

En mi opinión la web se encuentra muy bien gestionada. La información es clara y las instrucciones son de fácil entendimiento. Tiene buena imagen, ofrece servicios y es participativa,  pero analicemosla de forma específica, en cuanto  a la información y la comunicación que ofrece al ciudadano.



  • Información del Municipio

En el link  LA CIUDAD  se especifica lo relacionado a
 Datos generales. (Población, superficie, habitantes)
 La población de Alicante: con la información detallada de los censos realizados en diferentes años, como esta distribuida la población por sexo, edad, extranjeros. Incluso viviendas según el número de miembros.
-  Historia, hijos insignes e ilustres, guía urbana, lugares de ocio, Playas, Casco Antiguo, patrimonio cultural, vistas de la ciudad, transporte público, tráfico en la ciudad, información meteorológica, farmacias de guardia.





  • Información sobre la organización Interna:
También hay un link dedicado al GOBIERNO MUNICIPAL: En el que se incluye el saludo y la bienvenida de la Alcaldesa, la organización política y administrativa del Ayuntamiento. Además están a disposición de los usuarios las actas del pleno y las actas de la junta de gobierno, con todo lo que tienen en el orden del día. En el apartado “Normas generales de tramitación” están especificadas las nuevas ordenanzas, reglamentos y normas de carácter general que son aprobadas.  También hay un directorio telefónico muy amplio en el que están incluidos todos los centros sociales, las coordinaciones, las comisiones, los servicios etc..

  • Información sobre los servicios:
En el apartado SERVICIOS MUNICIPALES: se puede tener información sobre todos los ámbitos que abarca el Ayuntamiento para servir al ciudadano y en cada uno de ellos realizar los trámites correspondientes, teléfonos y noticias. Estos son: acción social, archivo municipal, atención urbana, bomberos, comercio, consumo, contratación y patrimonio, coordinación de proyectos, cultura, deportes, educación, empleo, escuelas infantiles, estadísticas, fiestas, hacienda, imagen urbana, intervención, juventud, medio ambiente, ocupación de la vía pública, oficina de promoción de Valencia, participación ciudadana, plaza de toros, plan centro, plan zona norte, policía local, recursos humanos, sanidad, secretaria general del pleno, tesorería, tráfico y transportes, turismo, urbanismo y vivienda.


  • Información como servicio:
Hay un apartado para NOTICIAS, en el que se puede saber todo acerca de lo que está sucediendo en la ciudad, así mismo en  LA CIUDAD, está contenida toda la información de ocio, tráfico, temperatura, playas y sitios de interés en Alicante.









  • Información participativa:
Las personas también tienen la posibilidad de interactuar a través del apartado de SUGERENCIAS. Es un espacio de participación ciudadana,  la web ofrece la opción de crear un usuario y una contraseña. En la actualidad por ejemplo los habitantes pueden dejar sus opiniones sobre “El plan de movilidad urbana sostenible de Alicante (PMUS)”
Hay otro link para ir directamente si  desean dejar sugerencias, quejas o despejar dudas, además estás son públicas lo que le da mayor transparencia y credibilidad a la iniciativa.



  • Servicios de interacción bilateral
Este portal ofrece un servicio muy completo en este sentido, el usuario apenas entra en la página puede ver donde realizar PAGOS ONLINE. Asimismo en INFORMACIÓN AL CIUDADANO, está estipulado un epígrafe solo para TRÁMITES E INSTANCIAS, En los que se especifican instrucciones, la dependencia adecuada para realizar cada trámite y la posibilidad de bajar formularios,  hacer solicitudes e inscripciones.


Hay que hacer especial énfasis en que hay un apartado llamado "EL AYUNTAMIENTO EN CASA" en donde el ciudadano puede hacer todos los trámites administrativos sin tener que acudir presencialmente a la sede del gobierno local. 





 El pago de impuestos y toda la información referida se encuentra también contenida en  “Tramites e instancias” el usuario tiene acceso a todos los formularios y puede realizar los pagos online.
Esta página también está conectada con las redes sociales del ayuntamiento (Facebook, twitter) 


Observaciones:
Si viene es cierto que la web de Alicante es una excelente experiencia de sede electrónica,  todavía le falta profundizar en temas que acerquen más al ayuntamiento a la transparencia. Uno de ellos es reflejar el presupuesto público, las contrataciones e  inversiones que se están haciendo detalladamente.  Por ejemplo en los link para acceder a la información de  las discusiones en el pleno o en la junta de gobierno, solamente se ofrece la información de el orden del día, es decir lo que está en agenda, pero no de lo que resultó de esas discusiones o de cuantos recursos se están destinando para una u otra obra.
Asimismo, la información contenida en la página solo está en español y considerando que la ciudad de Alicante es un importante destino turístico debería mejorar en ese aspecto y ofrecer la posibilidad de traducirla a otros idiomas.

También podría mejorarse la información para acceder a las redes sociales pues no es muy visible, solo se divisa si se navega por páginas internas.

BIBLIOGRAFÍA 


Ayuntamiento Alicante, 2010. Ordenanza reguladora de la administracion electronica del Ayuntamiento deAalicante, Alicante: s.n.
Pastor Albaladejo, G. & García Solana, M. J., 2010. El Proyecto Municipa. Política y sociedad, 47(2), pp. 63-84.






lunes, 2 de septiembre de 2013

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y ADMINISTRACIÓN PRIVADA

La Administración pública es el factor que va a definir el desarrollo de todas las actividades importantes de la  vida, como la educación, la sanidad, el empleo, el entretenimiento, la enseñanza, por ello su actuación es de sumo interés social y por consiguiente esta en constante evaluación por parte de los ciudadanos, de su correcto desempeño depende la estabilidad, democracia y nivel de bienestar de la sociedad.

El debate de la gestión pública o privada no es nuevo. Se viene dando desde que los estados del bienestar entraron en crisis, producto de la deficiencia en la prestación de los servicios públicos por parte de los gobiernos. Muchos aspectos de la administración pública han sido criticados: la corrupción, la  burocracia y el clientelismo se han enquistado en los sistemas estatales impidiéndoles avanzar y originando un sistema poco transparente y deficiente. La poca capacidad de algunas administraciones para renovarse y ser factores de cambio a la par de la sociedad ha generado la implementación de políticas públicas que no están acorde con la realidad de la población y por consiguiente resultan escasas o no acordes a las necesidades de la población. Lo que en consecuencia ha creado una percepción en la mayoría de que la gestión privada es más eficiente.


 La administración privada resulta más eficiente, entre otras cosas, porque no depende de la cantidad de leyes y normas que tiene la administración pública. Además posee la capacidad de renovarse y modernizarse constantemente. Tiene un modelo gerencial que le permite mayor flexibilidad en la toma de decisiones. Y es un sector autónomo, que está en constante competencia.Una de sus características principales es que presta servicios con un interés económico por lo que está obligado a dar una respuesta efectiva a quien pague por él y el recurso humano está altamente calificado para atender al cliente.

Pero, el problema no radica en escoger que modelo se aplica mejor (directo – indirecto o mixto)  para la satisfacción de la ciudadanía pues cada uno tiene sus fortalezas, el sistema público por ejemplo posee un interés social y político del que carece el sistema privado, siendo este más eficiente pero al mismo tiempo más costoso para la población.   En mi opinión se trata de prestar un servicio de calidad y mientras las administraciones públicas no sean capaces de renovarse, esto no sucederá. Lo correcto es que se apliquen las medidas necesarias para la transformación como lo hicieron exitosamente algunos países aplicando los parámetros del New management.
El sistema público internacional  ha estado en búsqueda de mejorar los obstáculos que le impiden prestar un mejor servicio y  por ello se creó el modelo de “La Nueva Gestión Pública (NGP)”  que toma algunos de los procedimientos del sistema empresarial para implementarlo en el público. Este sistema  ha sido aplicado con éxito en países anglosajones como Canadá o Reino Unido que  reestructuraron sus administraciones y en la actualidad gozan de un sistema modelo del cual se benefician los ciudadanos y se ve reflejado en los niveles de satisfacción de los habitantes para desarrollar sus vidas y por consiguiente en el desarrollo del país.

La gestión pública del siglo XXI para que sea eficiente debe encaminarse hacia el formato planteado de nueva administración que surgió en los años 80.  Basado en el concepto de las tres “E” economía, eficiencia y eficacia, en la organizaciones gubernamentales. Acortando diferencias entre la  manera de actuar del sistema público y el sistema privado en cuanto al personal, gestión y remuneración. Además  simplificando los procedimientos y las normas de actuación  para garantizar un servicio con una respuesta más rápida al ciudadano, basándose en la gestión por objetivos. La descentralización es un factor clave en la NGP, dándoles más poder a los gobiernos locales que en definitiva son los que están más cerca del ciudadano.
Podríamos resumir que la nueva gestión pública persigue la creación de una administración eficiente y eficaz, es decir, una administración que satisfaga las necesidades reales de los ciudadanos al menor coste posible, favoreciendo para ello la introducción de mecanismos de competencia que permitan la elección de los usuarios y a su vez promuevan el desarrollo de servicios de mayor calidad. Todo ello rodeado de sistemas de control que otorguen una plena transparencia de los procesos, planes y resultados, para que por un lado, perfeccionen el sistema de elección, y, por otro, favorezcan la participación ciudadana. (García, 2007)

La implementación de este nuevo modelo de administración implica no sólo un proceso de reingeniería institucional, entendido como la modificación de las normas que delimitan las actuaciones de los funcionarios y organizaciones públicas, sino además una profunda transformación de los patrones de comportamiento que rigen las relaciones entre los agentes del sector público, y entre éstos y el sector privado. Tales dinámicas de cambio suelen generar resistencias entre diversos agentes que pueden ver comprometidos sus nichos de poder en el Estado, por lo que la aplicación de la NGP requiere un enfoque holístico de gestión de cambio que, a través de una serie de políticas de formación e incentivos, permita transformar las estructuras, procesos y cultura que predominan en la gestión de lo público (Navas, 2010)


Aunado a esto,  la revolución que se dio con la implementación de NGP, se esta  dando en este momento con las nuevas tecnologías en lo que se conoce como E- Democracia o el nuevo gobierno digital, los esfuerzos también parecen enfocados a modernizar las administraciones públicas en tecnología,  para mejorar no solo la participación ciudadana, acortar los procesos y plazos,  sino también para evolucionar en  la rendición de cuentas y la evaluación de las políticas públicas, cuestión que viene a complementar el camino ya emprendido hacia la transparencia.


En conclusión Los recursos públicos deben gestionarse en un marco de eficiencia y colaboración, entre el sector público,  el privado y la sociedad civil. La Administración pública también debe despolitizarse, para garantizar un correcto desempeño y mayor  transparencia, muchos países han intentado cambiar y aplicar los fundamentos de NGP, pero no han podido lograr un correcto desempeño del sistema por los altos niveles de politización y corrupción que aun existe en sus instituciones. 

Bibliografía
García, I. M., 2007. La nueva gestión pública: evolución y tendencias. En: S. G. d. P. y. Gastos, ed. Presupuesto y Gasto Público. Salamanca: Instituto de Estudios Fiscales , pp. 37 - 64.

Navas, A., 2010. La nueva gestión pública: una hrramienta para el cambio. Perspectiva, Volumen 23.